Estas son las 12 bases institucionales sobre las que se redactará la propuesta de nueva constitución

El acuerdo alcanzado por los partidos políticos para habilitar un nuevo proceso constituyente consideró el establecimiento de 12 bases institucionales que debieran ser parte de una nueva constitución para Chile. Se trata de principios y lineamientos que serán resguardados por el Comité Técnico de Admisibilidad, cuyo rol es actuar como “árbitro” del proceso.

El comité cuenta con 14 integrantes nombrados por el Senado y la Cámara de Diputados y Diputadas, e integrado paritariamente por juristas con destacada trayectoria profesional.

La propuesta de nueva constitución deberá ajustarse a las siguientes 12 bases fundamentales: 

  • Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo.

     

  • El Estado de Chile es unitario y descentralizado. 

  • La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos. 

  • La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas. 

  • Chile es un Estado social y Democrático de Derecho, cuya finalidad es promover el bien común; que reconoce derechos y libertades fundamentales; y que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal; y a través de instituciones estatales y privadas. 

  • Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.

  • Chile tiene tres poderes separados e independientes entre sí: a) Poder Ejecutivo, con un jefe de Gobierno con iniciativa exclusiva en el gasto público. b) Poder Judicial, con unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas. c) Poder legislativo bicameral, compuesto por un Senado y una Cámara de Diputados y Diputadas, sin perjuicio de sus atribuciones y competencias en particular. 

  • Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco Central, justicia electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República. 

  • Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida; la igualdad ante la ley; el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones; la libertad de conciencia y de culto; el interés superior de los niños, niñas y adolescentes; la libertad de enseñanza y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos; entre otros. 

  • Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las Fuerzas Armadas; y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones. 

  • La Constitución consagra, a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: estado de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia. 

  • Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad. 

Para más información sobre el proceso constituyente escríbenos a nuestro Constitubot al +56 9 9967 8221 

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Estos son los 14 integrantes del Comité Técnico de Admisibilidad que arbitrará el proceso constitucional

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Estos son los 24 expertos que redactarán el anteproyecto de nueva constitución